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Liquidación de granos: CTG, merma y precio — guías verificables

Condición cámara

Condición comercial en la que el contrato y las reglas de la Cámara Arbitral definen tolerancias, rebajas, mermas, rechazos y el circuito ante una diferencia.

[Uso comercial] Bajo condición cámara, el contrato y las reglas de la Cámara Arbitral son las que definen tolerancias, rebajas, mermas o rechazos (BCR — Reglas y Usos). No es un detalle de forma: cambia qué descuento es exigible y qué margen hay para discutirlo.

Ante una diferencia de calidad, las partes pueden conservar, lacrar y someter muestras a cotejo o arbitraje conforme al circuito aplicable. Ese camino existe antes de aceptar el neto liquidado.

[Norma] La condición comercial convive con las normas de calidad del producto, que fijan los atributos y estándares por cultivo (SENASA Res. 1075/1994). Una define el estándar técnico; la otra, cómo se traslada a la liquidación. Comparar dos precios sin comparar la condición a la que corresponden lleva a conclusiones equivocadas.

No confundir con

  • Normas oficiales de calidad: fijan atributos y estándares por cultivo; la condición cámara define cómo se aplican comercialmente.
  • Precio de pizarra: es una referencia de precio, no una condición de calidad.

Fuentes

  1. BCR Cámara Arbitral — Reglas y Usos del Comercio de GranosFuente sectorial · consultada el
  2. SENASA — Resolución 1075/1994 (normas de calidad y metodología)Fuente oficial · consultada el

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